El Ayuntamiento de Llíria procede al cierre del camping Aguas de Llíria
La actividad carece de licencia y las instalaciones se encuentran en un deficiente estado con riesgo para la seguridad y salud de los usuarios
El Ayuntamiento de Llíria ha procedido hoy al cierre del camping Aguas de Llíria tras recibir la pertinente autorización judicial. Hasta las instalaciones se han desplazado esta mañana técnicos municipales y agentes de policía locales y autonómicos para clausurar las instalaciones que carecen de la preceptiva licencia de actividad. Respecto a esta cuestión, el Ayuntamiento de Llíria quiere explicar las razones que han motivado el cierre:
1. Los hechos que motivan la incoación del expediente sancionador consisten en el ejercicio de la actividad de camping y otras actividades complementarias sin las licencias legalmente exigibles, con infracción de lo dispuesto en la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental, y en su normativa reglamentaria de desarrollo. La actividad está en situación ilegal desde el año 1994.
Previamente a este sancionador ya se había decretado una orden de cierre anterior que no se ejecutó.
2. Por situarse en terrenos clasificados y calificados por el vigente Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Llíria como suelo no urbanizable, precisan previamente de la Declaración de Interés Comunitario, y ésta ha sido denegada en dos ocasiones por la Conselleria. La última DIC la tiene recurrida en el Juzgado Contencioso Administrativo.
La obtención de DIC es un trámite previo y necesario que cualquier explotación, industria o actividad debe obtener para que una instalación como la que nos ocupa pueda emplazarse en suelo no urbanizable, según dispone la Ley 10/2004, de 9 de diciembre, de la Generalitat Valenciana.
Desde la aprobación de la revisión del PGOU del año 2003, no se ha presentado por la empresa ninguna propuesta para adaptarse a la nueva ordenación, y el funcionamiento de la actividad, sobre todo en época estival, ha provocado la presentación de numerosas quejas por los vecinos de las urbanizaciones colindantes del camping.
3. Dentro del procedimiento sancionador se llevó a cabo una visita de inspección por los técnicos municipales, para la que se tuvo que solicitar autorización judicial de entrada, y en esta visita se observó una situación de insalubridad, así como el deficiente estado de las instalaciones con el consiguiente riesgo para la seguridad y salud de los usuarios:
- Hacinamiento de viviendas prefabricadas y caravanas, sin medidas de separación y seguridad entre ellas ante un eventual incendio, lo que se agrava al contar con 174 parcelas.
- Las acometidas de abastecimiento de agua y de desagüe a las distintas parcelas discurren al aire libre y no están enterradas.
- La mayoría de las parcelas tienen ocupado todo su espacio por construcciones e instalaciones.
- Agua: No dispone de agua potable de la red municipal sino que se abastece de un pozo propio. No se ha acreditado en la inspección realizada que tenga autorización de explotación del pozo por parte de la Confederación Hidrográfica del Júcar. Tampoco se demostró que se esté aplicando la reglamentación técnico-sanitaria exigible a las aguas potables.
- Centro de transformación e instalaciones eléctricas: En la inspección municipal no se ha aportado contrato de mantenimiento con empresa autorizada ni certificado expedido por organismo de control autorizado como exige la reglamentación del servicio.
Además, hay numerosos cables eléctricos sueltos y cajas de conexión sin proteger en distintas dependencias del camping siendo fácilmente accesibles a los usuarios, con el consiguiente riego de electrocución.
- Bar: Incumple la normativa técnico-sanitaria en cuanto a condiciones higiénicas, manipulación de alimentos, con deficiencias eléctricas y de gas.
- Vertederos incontrolados: Se ha comprobado que se realizan vertidos sin control de distintos tipos de residuos generados en el camping como electrodomésticos, sillas, calentadores, restos de obras, plásticos, etc. Hay incluso vehículos en estado de abandono.
- No se ha acreditado en la inspección que las instalaciones de agua caliente sanitaria dispongan de certificados de control de legionela.
-Tampoco se ha aportado certificados de los servicios de desinfección, desinsectación y desratización pata el control de plagas, lo que afecta no solamente a zonas comunes como duchas, aseos, lavabos, oficina, o local social, sino también a la zona del recinto donde se agrupan todas las viviendas en sus distintas modalidades.
4. Además de la actividad ilegal se dan otras situaciones ilegales: parcelaciones ilegales (no cumplen parcela mínima), obras sin licencias, pozo autorizado para riego pero que abastece de agua potable a un núcleo de población…
5. La colaboración de la titular de la actividad con el Ayuntamiento de Llíria ha sido nula. El Consistorio no ha podido notificar a los afectados porque en todo momento se ha negado la dirección del camping a facilitar un listado de los mismos, por lo que el Ayuntamiento se ha visto obligado a publicar mediante avisos las actuaciones municipales.
6. El expediente imponía como sanción el cierre definitivo de las instalaciones así como una multa. En la resolución se otorgaba un plazo para hacer efectivo el cierre de manera voluntaria, pero al no procederse de esta forma, el Ayuntamiento se vio obligado a solicitar la autorización judicial para entrar en el camping y proceder a su cierre.
Fuente original: El Periodic.
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Lo que no dice el ayuntamiento de Lliria es que el camping tiene un permiso de camping desde 1994 hasta el 2012 del propio ayuntamiento, para poder cumplir todos los requerimientos del ayuntamiento y la Conselleria y tener el DIC. Y se a colaborado con los técnicos del ayuntamiento, durante este tiempo cumpliendo lo que exigian, DEPURADORA DE AGUAS, ANÁLISIS DEL POZO PROPIO,pago de luz,agua y basuras como cualquier vecino.
2 El Plan General de 1996, califica como suelo no urbanizable USO DE CAMPING. POR TANTO ES LEGAL REALIZAR ESTA ACTIVIDAD EN ESTE SUELO, CUANDO EL PROPIO AYUNTAMIENTO LE DIO ESE USO EN 1996.
3 NINGÚN CAMPISTA PAGARÍA UN CAMPING POR ESTAR HACINADO Y EN MALAS CONDICIONES. Y ESTO ME PARECE UN INSULTO A TODOS LOS USUARIOS.
4COMO UN AYUNTAMIENTO SOLICITA EL NOMBRE DE LOS USUARIOS DEL CAMPING, SEÑORES QUE EXISTE EN ESPAÑA UNA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS.¿LA CONOCEN USTEDES?
¿PORQÚE MOTIVO POLÍTICO ES VOLUNTAD DEL AYUNTAMIENTO CERRAR UNA EMPRESA CON POSIBILIDADES Y DESTRUIR MÁS EMPLEO, HOY EN DÍA?
NOTICIA DEL PERIODICO DEL PAIS 17-11-2006JUZGUEN USTEDES:
El alcalde de Llíria tiene una casa ilegal sobre suelo protegido de su municipio
El edil, del PP, y uno de sus hermanos poseen dos chalés en suelo rústico, sobre una montaña
IGNACIO ZAFRA – Valencia – 17/11/2006
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El alcalde de Llíria, Manuel Izquierdo, del PP, es el dueño de una de las 10.000 casas ilegales construidas en su término municipal. El edil, presidente de la mancomunidad de Camp de Turia, y uno de sus hermanos poseen dos chalés, rodeados de amplios jardines, con piscinas, levantados sobre suelo rústico, en la ladera de una montaña, a unos cinco kilómetros del centro de Llíria. Manuel Izquierdo reconoció ayer a este periódico ser el propietario de la casa, que sólo utiliza “en verano”. Y añadió que desde que accedió al cargo lucha por legalizar los 40 núcleos de población irregulares del municipio.
los campistas de liria estamos deseando noticias del camping y en k condiciones se encuentran nuestras casas las cuales emos tenido k dejar abandonadas por la pulpa de k dicen k es ilega l si el alcalde kiere a sus ciudadanos k nos abra el camping